PROGRAMA DE INTEGRIDAD:
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA
CONTENIDO
- Introducción
- Elementos del Programa, objetivos y Compromiso desde la Dirección.
- Integridad y Marco regulatorio.
- Política de Gestión, Código de Ética y Transparencia, Procedimiento anti corrupción, Procedimiento de conflicto de intereses.
- Supervisión del Programa, Encargado del Programa de Integridad y sus facultades.
- Conductas, Prohibiciones y Procedimientos Disciplinarios.
- Canal de denuncias e investigación.
- Sistema de Cumplimiento Normativo.
- Terceros ajenos a HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA .
- Difusión y capacitación.
- Directrices para delitos cometidos por Socios de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA
- Mejoramiento ético de condiciones laborales.
- Actualización del Programa.
- ANEXO N°1: Código de Ética.
- ANEXO N°2: Protocolo Conflictos de Interés.
- ANEXO N°3: Protocolo de Compras con Fondos de Licitaciones.
- ANEXO N° 4: Manual para el cumplimiento de la Libre Competencia.
INTRODUCCIÓN – PREÁMBULO.
En el entorno empresarial actual, la integridad, la ética y el estricto cumplimiento de las normativas no solo son principios fundamentales, sino también condiciones indispensables para garantizar la sostenibilidad y el éxito de cualquier organización. Conscientes de esta realidad, HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA reafirma su compromiso con la promoción de una cultura basada en el cumplimiento, no solo por ser lo correcto, sino porque constituye un pilar esencial para el crecimiento sostenible de la empresa.
El presente Programa de Integridad y Cumplimiento establece una serie de políticas, procedimientos y mejores prácticas orientadas a garantizar que HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA y sus colaboradores actúen conforme a los más altos estándares éticos y legales. Este esfuerzo busca no solo prevenir infracciones o sanciones, sino también fomentar un ambiente laboral donde la transparencia, la responsabilidad y la integridad sean valores fundamentales.
En el desarrollo de sus actividades, HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA interactúa con autoridades públicas, entidades privadas, proveedores, socios y otros actores clave. Reconocemos que, si en alguna de estas interacciones se presentaran irregularidades por parte de colaboradores o terceros vinculados, la empresa podría verse comprometida, aun cuando no respalde dichas acciones.
De manera proactiva, HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA ha implementado un Programa de Integridad (en adelante, “el Programa”) que incorpora un conjunto de acciones y metodologías destinadas a mantener un control efectivo, así como a prevenir, detectar y corregir actos ilícitos o irregulares por parte de empleados, clientes, proveedores y subcontratistas. Este Programa es parte integral del Sistema de Gestión de la empresa, adaptándose a las características y riesgos específicos de su actividad, y cumpliendo con los requisitos legales aplicables.
En HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA , creemos firmemente que nuestro éxito no se mide exclusivamente en términos financieros, sino también en la calidad de nuestras acciones y en el impacto positivo que generamos en la sociedad.
ELEMENTOS DEL PROGRAMA, OBJETIVOS Y COMPROMISO DESDE LA DIRECCIÓN.
El presente Programa de Integridad y Cumplimiento establece los principios, procedimientos y lineamientos comunes que guían el comportamiento de todos los integrantes de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA, cualquiera sea su cargo o función. Este programa es de aplicación obligatoria y tiene como objetivo promover una cultura organizacional basada en la integridad, el cumplimiento y los valores fundamentales que definen nuestra identidad corporativa.
Se han documentado y difundido cinco documentos clave que refuerzan estas directrices:
- El Código de Ética y Transparencia, y
- Los Procedimientos Anti-corrupción,
- Procedimiento para Conflicto de Intereses,
- Procedimiento recepción de Regalos, Atenciones y Hospitalidad Corporativa.
Estos antecedentes reflejan los instrumentos vertebrales para la prevención, detección y sanción de cualquier incumplimiento de leyes, normativas, códigos o políticas internas dentro de la empresa.
Finalmente, HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA en el ejercicio continuo de su giro; en las actividades ordinarias e incluso extraordinarias, promoverá una cultura corporativa basada en los más altos estándares éticos y legales, que se detallan a continuación.
COMPROMISOS COMO EMPRESA.
- ENFOQUE ESTRATÉGICO: El Programa de Integridad y Cumplimiento es considerado una prioridad esencial, y se garantizará la asignación de recursos suficientes para su adecuada implementación y mantenimiento.
- FOMENTO DE LA TRANSPARENCIA: Se promoverá un entorno de comunicación clara y abierta, donde todos los integrantes de la empresa se sientan respaldados para expresar inquietudes y aportar ideas relacionadas con el Programa de Integridad y Cumplimiento.
- RESOLUCIÓN INMEDIATA: Ante cualquier incumplimiento detectado, se tomarán acciones rápidas y adecuadas para abordar la situación y prevenir su recurrencia.
- CAPACITACIÓN CONTINUA: Se velará por la formación regular de directivos y colaboradores sobre los objetivos y mecanismos del Programa, asegurando un entendimiento integral de su importancia.
- REVISIÓN PERMANENTE: Reconociendo la naturaleza cambiante del entorno regulatorio y empresarial, se comprometen a evaluar y actualizar periódicamente el Programa para mantener su eficacia y pertinencia.
INTEGRIDAD Y MARCO REGULATORIO
- CUIDADO DE LOS RECURSOS EMPRESARIALES: Es responsabilidad del personal, en utilizar de forma adecuada y proteger los recursos de la organización. Estos bienes deben destinarse únicamente a los fines establecidos, ya sea laborales o profesionales, respetando las condiciones pactadas. Todo el personal tiene la obligación de resguardarlos de daños, mal uso, fraude, pérdida o robo.
- SEGURIDAD EN SISTEMAS DE INFORMACIÓN: El personal debe utilizar los dispositivos y herramientas proporcionados por la empresa exclusivamente para propósitos laborales. Asimismo, cada trabajador es responsable de los equipos asignados y de garantizar la confidencialidad de cualquier información profesional bajo su resguardo.
- CONTROL DEL CORREO ELECTRÓNICO: La empresa se reserva el derecho de supervisar, auditar o realizar copias de respaldo de cualquier contenido almacenado en sus sistemas o que circule a través de sus redes, siempre en conformidad con la normativa vigente.
- RESGUARDO DE DATOS PERSONALES: La protección de los datos personales es clave para mantener la confianza de los clientes. Por ello, es esencial que el personal resguarde la información no pública de la empresa con valor estratégico o económico, como planes comerciales, precios, datos de investigación y desarrollo, información de usuarios, entre otros.
- CÓDIGO DE VESTIMENTA: Los empleados deben vestir de manera adecuada y profesional, acorde a las exigencias de sus actividades, proyectando una imagen apropiada.
- PROHIBICIÓN DE SUSTANCIAS, ARMAS Y ALCOHOL: Se prohíbe el ingreso de empleados en estado de embriaguez, el uso o posesión de drogas y la permanencia en el lugar de trabajo bajo sus efectos. Tampoco se permiten armas, salvo en los casos de profesionales autorizados.
- USO DE DISPOSITIVOS MÓVILES PERSONALES: Los dispositivos móviles personales pueden utilizarse en el trabajo siempre que su uso sea moderado, no afecte la productividad ni interfiera con las actividades laborales.
- PARTICIPACIÓN POLÍTICA: Está prohibido realizar contribuciones monetarias, en bienes o servicios en nombre de la empresa para fines políticos. La compañía respeta la participación cívica de los empleados, pero esta debe realizarse en su tiempo libre y a título personal, dejando claro que las opiniones expresadas no representan a la empresa.
- INTERCAMBIO DE REGALOS Y HOSPITALIDADES: La empresa no promueve la entrega ni recepción de obsequios, excepto en casos excepcionales. En tales situaciones, el valor no debe superar la suma de $1.000.000 en un periodo de seis meses, y no debe interpretarse como un soborno ni influir en las relaciones comerciales.
- CONFIDENCIALIDAD: Se prohíbe compartir información confidencial o sensible de la empresa, especialmente en plataformas digitales, para evitar daños a la organización.
- RELACIONES CON PROVEEDORES: La selección de proveedores se realiza de manera imparcial y con base en su profesionalismo y competencia. La empresa fomenta relaciones basadas en confianza y exige a sus socios comerciales cumplir con principios éticos, sociales y ambientales, además de respetar las leyes de competencia.
- CONTRATOS Y REPRESENTACIÓN LEGAL: Todos los contratos deben ser revisados por los asesores legales de la empresa para garantizar su validez y conformidad. Únicamente los representantes legales están autorizados para firmarlos en nombre de la compañía.
- CONFLICTOS DE INTERÉS: Los empleados deben evitar cualquier situación donde sus intereses personales puedan interferir con los objetivos de la empresa. En casos de parentesco o relaciones entre empleados con jerarquías directas o indirectas, se recomienda informar al área de Recursos Humanos.
- PREVENCIÓN DE FRAUDE: El fraude incluye cualquier acción deliberada para apropiarse indebidamente de activos o información de la empresa. Se insta a los empleados a mantener una vigilancia activa para prevenir estas conductas.
POLÍTICA DE GESTIÓN, CÓDIGO DE ÉTICA Y TRANSPARENCIA, PROCEDIMIENTO ANTI CORRUPCIÓN, PROCEDIMIENTO DE CONFLICTO DE INTERESES.
En el marco del Programa de Integridad, los documentos anexos titulados Política de Gestión, Código de Ética y Transparencia, Procedimiento Anticorrupción y Procedimiento de Conflictos de Intereses constituyen instrumentos jurídicos esenciales que consolidan los principios rectores de la organización, proporcionando directrices precisas para un actuar íntegro y conforme a derecho.
- La Política de Gestión regula los estándares aplicables a la administración de recursos y operaciones, garantizando su alineación con los fines empresariales;
- el Código de Ética y Transparencia establece las normas de conducta que rigen las relaciones internas y externas, promoviendo un comportamiento ético y transparente;
- el Procedimiento Anticorrupción dispone las acciones preventivas y reactivas frente a prácticas ilícitas que vulneren la normativa aplicable; y
- el Procedimiento de Conflictos de Intereses delimita las pautas para identificar y resolver situaciones que puedan menoscabar la imparcialidad en las decisiones corporativas.
SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA
DEFINICIÓN
El Responsable del Programa de Integridad y Cumplimiento (designado en HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA como Jorge Perelló Galleguillos) supervisa la implementación, monitoreo y actualización del programa, asegurando que la empresa opere conforme a las leyes, regulaciones y estándares éticos aplicables. Su labor también consiste en promover que todos los colaboradores comprendan y respeten las políticas internas establecidas.
FUNCIONES PRINCIPALES
- Recepción y gestión de denuncias: Atender comentarios, consultas y reportes relacionados con el programa a través de canales seguros y accesibles.
- Formación y comunicación: Difundir el Programa de Integridad mediante actividades de capacitación y comunicación para fomentar su comprensión y aplicación.
- Prevención de riesgos: Diseñar e implementar medidas preventivas basadas en la identificación y evaluación de riesgos.
- Supervisión y monitoreo: Revisar periódicamente las operaciones y actividades de la empresa para asegurar el cumplimiento de las normativas internas y externas.
- Gestión de incidentes: Investigar y gestionar posibles incumplimientos o conductas inapropiadas, emitiendo resoluciones cuando sea necesario.
- Acciones correctivas: Proponer e implementar medidas para resolver deficiencias y prevenir incidentes futuros.
- Evaluación del programa: Realizar evaluaciones regulares de la efectividad del programa, incorporando mejoras continuas según las necesidades detectadas.
- Confidencialidad: Asegurar el manejo discreto y confidencial de todas las investigaciones, protegiendo a los denunciantes y manteniendo la integridad del proceso.
- Diseño de sistemas de control: Implementar auditorías y mecanismos de vigilancia para reforzar la sostenibilidad del programa a lo largo del tiempo.
Facultades del Responsable
- El encargado podrá comunicarse directamente con los socios o propietarios de la empresa para discutir temas relacionados con el programa.
- Tendrá autorización para gestionar recursos limitados dentro de las posibilidades de la empresa y contratar expertos externos si fuera necesario.
- Podrá tomar decisiones clave para implementar cambios en las políticas y acciones correctivas alineadas con los requisitos legales y éticos.
- Tendrá autonomía total para investigar casos relacionados con el cumplimiento, accediendo a cualquier información o personal relevante.
- Podrá actualizar y adaptar las políticas internas según los cambios normativos o las necesidades operativas de la empresa.
- Resguardará la privacidad de los procesos y protege a quienes reportan irregularidades de posibles represalias.
El Responsable del Programa de Integridad y Cumplimiento actuará como garante de la ética, transparencia y sostenibilidad dentro de la empresa, promoviendo una cultura basada en principios legales y valores éticos que fortalezcan la reputación y las operaciones de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA .
CONDUCTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS.
El cumplimiento constante de las leyes y del sistema legal constituye un principio esencial de conducta ética e integral. Por ello, los colaboradores de la empresa deben adherirse a las disposiciones de este programa, así como a todas las leyes, normativas y políticas internas que correspondan a sus funciones. Esto incluye, pero no se limita a:
- Actuar con ética, integridad, lealtad, profesionalismo, respeto y transparencia, eligiendo siempre, cuando se enfrente a dos alternativas, aquella que sea más favorable para la empresa y que esté alineada con las leyes y este programa;
- Comportarse sin discriminación alguna por motivos de raza, género, nacionalidad, color, edad, religión, ideología política o posición social;
- Respetar la jerarquía, pero sin temor a denunciar cualquier conducta inapropiada;
- Cumplir, promover y colaborar en la difusión de este programa, así como de las políticas y procedimientos de la empresa;
- Respetar y cumplir las normativas de los clientes y proveedores.
- Ejercer con moderación las responsabilidades asignadas, evitando actuar en contra de los intereses legítimos de la empresa;
- Garantizar la confidencialidad y protección de los bienes e información de la empresa, ya sea escrita o verbal, evitando daños, pérdidas, fraude o uso indebido de recursos, y asegurando que se utilicen exclusivamente para fines profesionales y conforme a las condiciones establecidas; e
- Informar de inmediato al Encargado de Integridad y Cumplimiento Jorge Perelló Galleguillos y al Representante Legal de la Empresa Jorge , cualquier acto o situación contraria a las prácticas éticas, legales o morales descritas en este programa. Para tales efecto, comunicarse con:
- jperellog@jurislab.cl
- gvaras@artemedios.com
PROHIBICIONES A NUESTROS TRABAJADORES – PROCEDIMIENTO DISCPLINARIO
Queda estrictamente prohibido para los colaboradores infringir la ley, este programa o cualquier otra política o directriz de la empresa, incluyendo, pero no limitado a:
- No someterse a presiones de superiores jerárquicos, contratantes, interesados u otros que busquen obtener favores, beneficios o ventajas indebidas.
- No utilizar el cargo, bienes de la empresa, recursos, relaciones, tiempo, posición o influencia para obtener beneficios personales, favores o ventajas para sí mismos o terceros.
- No ejercer funciones, poderes o autoridad con fines ajenos o contrarios al interés legítimo de la empresa.
- No ceder ni prestar a terceros, incluso de manera temporal, contraseñas, inicios de sesión, perfiles de acceso a sistemas o software de la empresa, así como credenciales de acceso personal.
- Falsificar, alterar o distorsionar documentos o informaciones bajo cualquier circunstancia con el propósito de modificar u ocultar la verdad, ya sea para obtener ventajas personales o para terceros, eludir la legislación aplicable o causar perjuicio indebido a la empresa.
- Desviar, utilizar o apropiarse de recursos y/o colaboradores de la empresa para atender intereses particulares.
- Emitir cualquier instrucción o sugerencia que atente contra la moral, la honestidad, las disposiciones legales, este programa o las normas de la empresa.
- Usar información confidencial obtenida en el ejercicio de sus funciones para beneficio propio, de familiares, amigos o terceros.
- Emplear cualquier medio o artificio lícito o ilícito para simular u ocultar la verdad con el fin de obtener ventajas indebidas, incumplir la legislación, este programa o cualquier otra política o directriz de la empresa.
- Comprometer a la empresa, sus representantes legales o accionistas en actividades políticas, religiosas o sectarias, así como emplear el nombre o marcas de la empresa en contribuciones a partidos políticos o campañas electorales, salvo autorización expresa contemplada en este programa.
- Asociar sus creencias personales, políticas, opiniones o posturas a la posición, marca o imagen de la empresa, ya sea por escrito, verbalmente, mediante correo electrónico o redes sociales, sin previa y expresa autorización de la Dirección Ejecutiva de la empresa.
- Ofrecer, solicitar, sugerir, dar o recibir cualquier tipo de apoyo financiero, gratificación, premio, comisión, donación o ventaja, ya sea para sí mismo, familiares u otros, a cambio de cumplir sus funciones o para influir sobre funcionarios públicos, personas políticamente expuestas o entidades privadas, salvo las excepciones previstas en este programa (en el apartado sobre Recepción y oferta de bienes y/o servicios).
- Colaborar en el suministro de productos y/o servicios relacionados con recursos obtenidos ilícitamente.
- Utilizar cualquier medio o mecanismo para transferir directa o indirectamente ventajas indebidas a terceros, ya sea del sector público o privado, incluyendo, pero no limitándose, a contratos de consultoría y patrocinio.
SANCIONES A NUESTROS TRABAJADORES
DEFINICIONES: Los siguientes conceptos serán definidos en el programa para fines meramente ilustrativos e interpretativos, pero sin carácter excluyente o limitativo en su alcance.
- CULPA: Se entiende como la conducta, activa u omisiva, no intencional por parte del colaborador, que genera un daño debido a imprudencia, negligencia o falta de pericia.
- DOLO: Es la acción voluntaria e intencional del colaborador para realizar un acto que causa un daño.
- DAÑO: Representa el perjuicio material ocasionado por destrucción, inutilización o deterioro de bienes propiedad de la empresa, derivado de una conducta dolosa o culposa del colaborador.
- FALTA LEVE: Es la consecuencia de una acción no intencional, imprudente o por desconocimiento, que no se considera deliberada según las disposiciones del Programa de Integridad y Cumplimiento, otras políticas empresariales o las leyes aplicables.
- FALTA GRAVE: Es el resultado de una acción u omisión consciente e intencional del colaborador, que contradice las disposiciones del Programa de Integridad y Cumplimiento, las políticas empresariales o las leyes locales, y que puede conllevar sanciones mayores.
- ACTOS SANCIONABLES: Son aquellos que incumplen y afectan negativamente la relación laboral en aspectos funcionales, de confianza, integridad y disciplina, violando la legislación, las políticas y directrices de la empresa, así como las disposiciones de este programa.
- INVESTIGACIÓN: Procedimiento interno realizado por el Encargado de Integridad y Cumplimiento, destinado a indagar sobre hechos considerados graves, esclarecerlos y determinar la posible participación de empleados.
Los colaboradores que incumplan este programa, la legislación local aplicable o las políticas, manuales y directrices de la empresa estarán sujetos a sanciones disciplinarias, de acuerdo con las disposiciones establecidas en este programa, sin perjuicio de las medidas legales que correspondan conforme a la legislación vigente. En caso de cometer actos sancionables, el o los responsables podrán enfrentar las siguientes sanciones:
- Amonestación verbal.
- Amonestación escrita.
- Multa económica: Consistente en una deducción de hasta el 25% de la remuneración diaria del trabajador, según lo permita la normativa vigente.
- Terminación del contrato laboral: Aplicable conforme a las causales establecidas en la legislación aplicable.
Para determinar la medida disciplinaria adecuada, se deberán considerar los siguientes aspectos:
- Presencia de dolo o culpa por parte del colaborador involucrado.
- Gravedad de la falta cometida.
- Magnitud del daño causado o su potencial.
- Si la conducta constituye un delito según la normativa penal.
- Las circunstancias que llevaron al colaborador a cometer la falta.
- Historial de reincidencia, incluso si es por actos o hechos diferentes.
Adicionalmente, el colaborador podrá ser requerido para asistir a capacitaciones específicas relacionadas con las normas establecidas en el Programa de Integridad y Cumplimiento.
PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN – TRATAMIENTO DE LAS DENUNCIAS INGRESADAS.
DE LA INVESTIGACIÓN
Se llevará a cabo una investigación siempre que ocurran hechos relacionados con la conducta de un colaborador que puedan clasificarse como actos sujetos a sanción. Su objetivo será determinar la materialidad y autoría de los hechos, basándose en los siguientes puntos:
- Investigación objetiva del hecho ocurrido.
- Identificación clara del autor del hecho.
- Relación entre la falta cometida y el vínculo laboral del colaborador con la empresa.
La Gerencia de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA podrá solicitar pruebas mediante documentos, testimonios u otros medios legales para verificar los hechos. La apertura de la investigación será solicitada por Recursos Humanos, el Encargado del Programa de Integridad y Cumplimiento o el área correspondiente al colaborador involucrado.
El proceso debe realizarse con estricta confidencialidad para evitar cualquier exposición negativa del colaborador. El Encargado del Programa de Integridad y Cumplimiento será responsable de liderar la investigación. En casos de faltas graves, el colaborador podrá ser suspendido temporalmente con goce de salario hasta la conclusión de las medidas disciplinarias.
La investigación deberá concluirse en un plazo no mayor a 30 días, salvo casos excepcionales debidamente justificados. Si no se encuentran irregularidades o los análisis son inconclusos, se archivará el caso, garantizando que no haya represalias contra el colaborador investigado.
RECURSOS DE REVISIÓN
El colaborador sancionado puede solicitar una reconsideración por escrito, mediante una carta dirigida a la Comisión de Ética y Conducta. Esta solicitud debe ser presentada en un plazo de dos días hábiles desde la notificación de la sanción. Durante este proceso, la sanción puede suspenderse temporalmente.
DESPIDO DEL TRABAJADOR
El despido requerirá un análisis previo y dictamen de la Comisión de Ética y Conducta, con argumentos que respalden la justa causa. El colaborador podrá ser despedido si incurre en alguno de los siguientes actos:
- Actos de improbidad que afecten el patrimonio de la empresa o de terceros, como hurto, robo, apropiación indebida o falsificación de documentos.
- Incontinencia de conducta o comportamiento éticamente irregular.
- Competencia desleal por cuenta propia o ajena sin autorización de la empresa.
- Condena penal sin suspensión de la ejecución de la pena.
- Desidia en el desempeño de funciones o reiteración de faltas leves.
- Embriaguez habitual o bajo servicio, así como el uso de estupefacientes.
- Violación de secretos empresariales que cause perjuicio al empleador.
- Actos de indisciplina o insubordinación, como el incumplimiento de normas, instrucciones o el uso de equipos de seguridad laboral.
- Actos lesivos contra la honra, integridad física o moral, salvo en legítima defensa.
- Cualquier otro acto de gravedad que amerite despido conforme a la legislación vigente.
SISTEMA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO Y ACTUALIZACIÓN
El enfoque preventivo del Programa de Integridad y Cumplimiento radica en un análisis detallado de las actividades y procesos realizados por la empresa, ya sean rutinarios o esporádicos, con el objetivo de identificar aquellas situaciones que podrían generar o incrementar riesgos de incumplimiento en relación con las disposiciones del programa o infracciones a normativas legales, regulaciones, códigos de conducta o procedimientos internos. Este análisis tiene como propósito principal detectar posibles escenarios de riesgo y establecer medidas para mitigarlos.
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA llevó a cabo este análisis, el cual resultó en la creación de una matriz de riesgo diseñada conforme a una metodología específica desarrollada por la organización. Esta herramienta constituye un soporte fundamental para el desempeño de las funciones del Encargado de Integridad y Cumplimiento (EIC), quien tiene la responsabilidad de revisarla, perfeccionarla y actualizarla de manera continua.
Una vez determinados los escenarios de riesgo relacionados con posibles actos sancionables, se han desarrollado protocolos, normas y procedimientos específicos. Estos instrumentos están diseñados para permitir que las personas involucradas en los distintos procesos y actividades puedan planificar y realizar sus labores de una manera que contribuya a evitar el incumplimiento del programa, fomentando al mismo tiempo una cultura organizacional basada en la integridad y el respeto a las normativas.
Las guías, políticas y procedimientos que conforman este sistema de prevención se encuentran descritos en el presente documento. En el caso de que alguna gerencia funcional de la empresa considere necesario modificar alguno de los procedimientos o políticas aplicables a los procesos bajo su responsabilidad, y que forman parte del Programa de Integridad y Cumplimiento, deberá solicitar previamente la opinión del EIC.
Este último deberá evaluar la modificación propuesta, asegurándose de que los controles diseñados para mitigar los riesgos contemplados en el programa se mantengan intactos en la nueva versión.
SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
La supervisión del Programa de Integridad y Cumplimiento consiste en la verificación, por parte del Encargado de Integridad y Cumplimiento, de su funcionamiento adecuado al menos una vez al año. Para ello, el EIC debe elaborar un plan específico que le permita inspeccionar cada uno de los aspectos del programa. Este proceso incluye la realización de auditorías orientadas a verificar el cumplimiento efectivo de los controles establecidos en el marco del programa.
Para cumplir con esta labor, el EIC puede apoyarse en otras áreas de la organización y en su equipo de trabajo. Además, es fundamental que todas las actividades realizadas como parte de esta supervisión queden debidamente documentadas, generando evidencia que respalde cada uno de los controles implementados.
Es igualmente crucial que los registros y evidencias de las medidas y controles aplicados durante la ejecución del programa sean gestionados de manera adecuada. El EIC debe asegurar la conservación de esta información y su respaldo por un período no menor a cinco años, garantizando su disponibilidad cuando sea requerida.
ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
El proceso de actualización del Programa de Integridad y Cumplimiento implica la revisión periódica de su eficacia para abordar los riesgos asociados con actos sancionables, considerando los cambios que puedan surgir con el tiempo en las circunstancias de la empresa, su entorno operativo o el mercado en el que participa. Esta tarea representa una de las principales responsabilidades del EIC, quien debe realizarla de forma continua.
A título ejemplificativo, se debe proceder a actualizar el programa en los siguientes casos:
- Cuando se produzcan cambios en las normativas legales que impacten las actividades de ARTEMEDIOS.
- Si la empresa amplía su campo de acción a nuevos giros o actividades diferentes a las consideradas al momento de diseñar el programa.
- En caso de cambios significativos en la estructura de personal en áreas sensibles.
- Si se modifican los sistemas de incentivos aplicados al personal.
- Cuando la empresa enfrente presiones competitivas que puedan influir en las decisiones o comportamientos de los trabajadores.
- Si se producen cambios estructurales relevantes en la compañía, como fusiones o adquisiciones.
El Encargado de Integridad y Cumplimiento debe estar alerta a cualquiera de estas situaciones. Ante su ocurrencia, deberá analizar el impacto que puedan tener y, en caso de ser necesario, realizar las modificaciones correspondientes al programa, ya sea mediante la actualización de la matriz de riesgos, la implementación de nuevos controles o cualquier otra medida que sea pertinente. Por otro lado, si tras su análisis concluye que los cambios no justifican una actualización, el EIC deberá dejar constancia escrita y fundamentada de su decisión.
RESPONSABILIDADES DENTRO DEL PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
El Programa de Integridad y Cumplimiento abarca a todos los niveles de la organización, asignando roles y responsabilidades específicas según la relación de cada persona con HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA . Cada miembro de la empresa, desde las diferentes áreas y perspectivas, tiene un papel activo en la implementación y cumplimiento del programa, garantizando que los principios establecidos sean respetados en todas las actividades de la organización.
TERCEROS AJENOS A HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA deberá incluir en los contratos que firme y en las órdenes de compra que emita una cláusula que imponga al proveedor de servicios de las siguientes obligaciones:
- Abstenerse de realizar actos que puedan ser considerados constitutivos de delito, especialmente aquellos relacionados con cohecho a funcionarios públicos, tanto nacionales como extranjeros, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, uso indebido de información privilegiada, faltas contra la libre competencia, delitos ambientales, y cualquier otro ilícito que pueda ser incorporado en el futuro a la Ley 20.393.
- Cumplir con su responsabilidad de dirección y supervisión, implementando su propio Programa de Integridad y Cumplimiento, o, al menos, estableciendo controles adecuados, suficientes y efectivos que permitan prevenir, evitar y detectar la comisión de dichos delitos por parte de sus empleados, dependientes, contratistas, subcontratistas o cualquier otra persona vinculada a sus operaciones.
- Informar inmediatamente cualquier hecho que pudiera configurar uno de los delitos establecidos en la Ley o que pueda generar responsabilidad penal para la empresa.
En caso de que el proveedor incumpla las obligaciones o prohibiciones establecidas en esta cláusula contractual (por ejemplo, la obligación de realizar denuncias a través del Canal de Denuncias), HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA se reserva el derecho de finalizar anticipada y unilateralmente el contrato, sin que el proveedor tenga derecho a indemnización alguna por dicho término.
DIFUSIÓN Y CAPACITACIONES PARA LOS COLABORADORES DE HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA
El Encargado de Integridad y Cumplimiento (EIC) debe diseñar e implementar un plan de divulgación del Programa de Integridad y Cumplimiento que garantice su conocimiento generalizado dentro de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA . Para ello, puede valerse de banners, afiches u otros medios visuales que sean colocados en lugares estratégicos y frecuentados por el público objetivo, tanto en formato físico como digital.
El contenido de estos materiales debe ser sencillo y llamativo, de modo que quienes los lean puedan captar su mensaje de manera rápida y clara.
El EIC también será responsable de desarrollar e implementar un plan de formación destinado a instruir a los empleados de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA sobre la existencia del Programa de Integridad y Cumplimiento, así como acerca de las conductas que podrían constituir infracciones a leyes, normativas, códigos o procedimientos internos aplicables dentro de la organización.
El enfoque principal de estas capacitaciones deberá ser proporcionar los conceptos esenciales sobre la importancia de la integridad en las relaciones comerciales, ayudando a los empleados a identificar situaciones que puedan ser sospechosas o riesgosas. Asimismo, deberá incluir información específica sobre el uso del Canal de Denuncias, enfatizando su carácter confidencial y la obligación de todos los colaboradores de reportar, a través de este canal, cualquier situación sospechosa o posible infracción relacionada con el programa, leyes, normativas o procedimientos internos.
La formación deberá utilizar un lenguaje accesible y ofrecer ejemplos prácticos y relevantes para la realidad operativa de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA . Estas capacitaciones podrán realizarse mediante cualquier método que garantice su comprensión, ya sea de manera presencial o virtual.
Además, los planes de formación deberán adaptarse a las actividades específicas realizadas por el personal en el desarrollo de sus funciones, asegurando que sean pertinentes y efectivas para cada área de trabajo.
DIRECTRICES SOBRE DELITOS COMETIDOS POR SOCIOS DE HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA
Los socios de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA tienen la responsabilidad de actuar en estricto apego a las normativas legales y los principios éticos establecidos en el Programa de Integridad y Cumplimiento. En este contexto, cualquier acto cometido por un socio que pueda constituir un delito será considerado una infracción grave a los valores de la empresa y podrá generar consecuencias legales y contractuales.
Los socios deberán abstenerse de realizar acciones que puedan ser constitutivas de delitos, tales como:
- COHECHO O SOBORNO a funcionarios públicos nacionales o extranjeros.
- LAVADO DE ACTIVOS entendido como la incorporación de fondos de origen ilícito al sistema financiero.
- FINANCIAMIENTO DE OPERACIONES TERRORISTAS o cualquier actividad que colabore con entidades designadas como terroristas.
- USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA en transacciones comerciales.
- FALTAS A LA LIBRE COMPETENCIA DE LA LOCALIDAD, tales como colusión o abuso de posición dominante.
- DELITOS AMBIENTALES, incluyendo actos que contravengan las normativas de protección medioambiental.
CONSECUENCIAS O SANCIONES CONTEMPLADAS
En caso de que un socio sea acusado o condenado por alguno de estos delitos, la empresa podrá tomar las siguientes medidas:
- Terminación de la relación societaria o colaboración sustantiva para arribar los mejores acuerdos en favor de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA .
- Denuncia a las autoridades competentes, en caso de constitución de crímenes o simples delitos.
- Reparación de daños, compensaciones económicas en favor de la compañía.
MEJORAMIENTO ÉTICO DE CONDICIONES LABORAL
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA se compromete a promover un ambiente laboral que respete la dignidad de sus trabajadores, basado en los principios de igualdad, equidad y respeto mutuo. El bienestar de los colaboradores constituye un pilar fundamental para la sostenibilidad ética de la empresa. Para el cumplimiento de lo señalado, se implementarán las siguientes medidas para garantizar y mejorar las condiciones laborales de sus colaboradores:
- REMUNERACIONES JUSTAS: Los criterios salariales se adecuaran a los servicios ofrecidos por la compañía, en condiciones equivalentes entre personas y de acuerdo a las exigencias de mercado.
- HORARIO LABORALES: El horario laboral de los trabajadores se actualizará constantemente con la normativa vigente y procurará entre las mejores flexibilidades para la incidencias personales de nuestros trabajadores.
- CAPACITACIÓN CONTINUA: Se ofrecen programas de formación ética y profesional para fortalecer las competencias de los trabajadores y promover un desarrollo integral.
- AMBIENTE LABORAL INCLUSIVO: Fomentando la diversidad y rechazando cualquier forma de discriminación o acoso en el lugar de trabajo.
- SEGURIDAD EN EL TRABAJO: La empresa garantiza, de acuerdo con los parámetros legales, condiciones seguras en las instalaciones y gestionando auditorias regulares para prevenir riesgos laborales.
ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE INTEGRIDAD
La actualización del Programa de Integridad y Cumplimiento puede ser necesaria debido a la vigilancia constante del programa o a revisiones periódicas que garanticen que se ajuste a las nuevas realidades de la empresa, su actividad comercial o el entorno en el que opera.
Esto se considera una de las tareas principales del Encargado de Integridad y Cumplimiento (EIC), ya que el programa es un sistema dinámico que no puede permanecer estático.
Existen varios escenarios que pueden justificar la actualización del programa, entre los cuales se incluyen, aunque no se limitan a:
- En razón de los controles mensuales que se implementan en la compañía para su mejor funcionamiento.
- Cambios en las normativas legales o reglamentarias que afecten los mercados en los que la empresa opera.
- Expansión de la empresa hacia nuevos sectores, que no estaban contemplados cuando se creó el programa.
- Alteraciones en la estructura del personal en áreas clave o sensibles.
- Modificaciones en los sistemas de incentivos a los empleados.
- Aumento de la exposición a presiones competitivas que puedan afectar las motivaciones y conductas de los empleados.
- Cambios sustanciales en la estructura organizacional de la empresa.
El Encargado de Integridad y Cumplimiento debe estar siempre atento a estas situaciones. Si alguna de ellas ocurre, o algo similar, deberá evaluar y ajustar el programa según sea necesario, ya sea actualizando el mapa de riesgos, los controles implementados u otros mecanismos pertinentes. Sin embargo, si tras la revisión se concluye que los cambios no requieren una actualización del programa, el EIC debe dejar constancia escrita y justificada de tal decisión.
En cuanto a las responsabilidades dentro del Programa de Integridad y Cumplimiento, este involucra a todas las áreas de la empresa. Cada persona que interactúa con la compañía, desde diferentes perspectivas, es parte del programa.
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FECHA |
VERSIÓN |
DESCRIPCIÓN |
RESPONSABLE |
CARGO |
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01/03/2025 |
01 |
PUBLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGENCIA |
Jorge Varas Silva |
GERENTE GENERAL |
ANEXO N° 1: CÓDIGO DE ÉTICA.
El Código Ético, Código de Conducta o Código de Buenas Prácticas reúne en un único documento los principios, criterios y normas de comportamiento que deben guiar a los empleados de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA en el ejercicio de sus actividades profesionales. Este documento constituye un pilar fundamental del programa de cumplimiento de la empresa, promoviendo y reflejando una cultura corporativa positiva.
El propósito de este Código es establecer los principios y valores que deben orientar la actuación de la empresa y sus empleados, fomentando un desempeño profesional ético y responsable. Asimismo, reafirma el compromiso de la empresa con los valores de ética empresarial y transparencia.
De carácter vinculante, el Código Ético incluye disposiciones diseñadas para garantizar su aplicación, como los canales de denuncia y la asignación de responsabilidades. Su incumplimiento, así como el de las políticas que lo desarrollan, será objeto de sanciones disciplinarias.
Este Código está fundamentado en valores que mejoran la reputación de la organización, aportan cohesión y coherencia al sistema de autorregulación de la empresa, fortalecen el sentido de pertenencia de los empleados y comunican a terceros la cultura corporativa de la entidad.
Además, en cumplimiento de la normativa vigente, ciertas áreas tratadas en este Código se complementarán con regulaciones sectoriales más específicas. También se integrarán políticas internas que desarrollen con mayor detalle los aspectos relacionados con sectores particulares, como el de las aseguradoras.
El Código tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas y sirve de base para evitar comportamientos irregulares e indebidos que puedan determinar la responsabilidad penal de la compañía.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Código Ético está dirigido a diversos grupos destinatarios y se aplica a toda la compañía, siendo obligatorio para todo el personal, independientemente de su posición o funciones. De esta manera, su cumplimiento será exigible a empleados, directivos, administradores y también a terceros como proveedores, contratistas o socios comerciales de la empresa.
Además, vincula a asesores externos, trabajadores autónomos y empleados temporales cuando presten servicios para la compañía. El Código también establece obligaciones para el empresario hacia los trabajadores, ya que las expectativas de conducta descritas generan compromisos legítimos que deben integrarse en las obligaciones del empresario, conforme al principio de buena fe laboral.
La empresa fomentará e incentivará entre sus proveedores y colaboradores la adopción de conductas alineadas con las directrices de este Código Ético. En algunos casos, se podrá requerir a estos terceros que formalicen su compromiso con el cumplimiento del Código o de las pautas que establece.
CONOCIMIENTO, ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO
El Código ético es de obligado cumplimiento para todos los empleados de la empresa y para aquellos terceros que se hayan comprometido voluntariamente a cumplirlo. El Código Ético será dado a conocer a todos los integrantes de la empresa, que estarán obligados a acudir a las sesiones formativas que al efecto programe la empresa. La Dirección de la empresa participará en los programas de formación, compartiendo jornadas con los empleados o interviniendo en ellas como forma de mostrar la importancia del cumplimiento normativo. Asimismo, pondrá todos los medios necesarios para difundir los valores y principios de la empresa y hacer cumplir las pautas de conducta contenidas en el Código. Serán modelo de referencia en su comportamiento y nivel de cumplimiento del Código. El Código deberá ser aceptado de forma expresa por cada uno de los destinatarios, que deberán comprometerse a su cumplimiento de forma expresa, de forma que los principios y valores que lo integran rijan las conductas de sus destinatarios. Cada uno de los integrantes de la empresa confirmará que ha tenido acceso a este código, que lo acepta y que comprende lo que implica. A tal efecto se mantendrá un registro de las conformidades de los empleados recibidas, bastará un acuse de recibo por vía electrónica al siguiente correo electrónico (cumplimentar con los datos correspondientes). Ningún integrante de la empresa, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un empleado que contravenga lo establecido en este Código Ético, y nadie podrá justificar su conducta amparándose en una orden de un superior o en el desconocimiento del presente Código.
Para los nuevos empleados, los contenidos del código ético pueden integrarse en el contrato de trabajo mediante tres formas:
- A través del convenio colectivo
- Como parte del poder de dirección del empresario
- A través del contrato de trabajo individual.
El código ético forma parte del poder de dirección del empresario, por lo que su contenido se integra, efectivamente, dentro de las obligaciones que ha de cumplir el empleado como consecuencia de su trabajo. De este modo, además de las obligaciones que expresamente se contienen en el contrato de trabajo, comprende también aquellas que se derivan del principio general de buena fe.
PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS GENERALES
Los principios y valores éticos de la organización constituyen la base sobre la que se asienta la actividad de la empresa. Esos principios y valores son los siguientes:
- Integridad como actuación ética, honrada y de buena fe.
- Respeto a la legalidad, derechos humanos y valores éticos.
- Respeto a las personas, evitando cualquier tipo de acoso, intimidación, abuso o falta de respeto, siendo intolerables cualquier tipo de agresión física o verbal. La empresa tomará las medidas oportunas y apropiadas en el caso de que se produzca alguna situación de este tipo, incluidas medidas disciplinarias. Toda notificación de acoso o discriminación será objeto de una investigación rápida y en profundidad, manteniendo en todo caso la máxima confidencialidad. Será inadmisible cualquier represalia en contra de las personas que notifiquen situaciones de este tipo o que colaboren en su investigación, dando lugar a la adopción de medidas disciplinarias en caso de concurrir.
- Se buscará siempre un clima positivo de trabajo
- Responsabilidad y prudencia en las actuaciones de los destinatarios de este Código, lo que se traducirá en el seguimiento escrupuloso de los procedimientos internos establecidos, sobre todo en materia de prevención de riesgos laborales, en el cumplimiento de la normativa legal o interna relacionada con la actividad desempeñada y en la capacitación y formación para el mejor desarrollo de la actividad.
- Transparencia e imparcialidad en la toma de cualquier tipo de decisión.
- Igualdad de oportunidades, desarrollo profesional y no discriminación tanto en el acceso al trabajo como en la promoción en el mismo. No serán admisibles las discriminaciones por motivos de sexo, raza, religión, estado civil, orientación sexual o cualquier otro hecho diferenciador.
- El trabajo en equipo y la colaboración se configura como un instrumento de oportunidad y crecimiento personal y profesional.
- Potenciación de la innovación y la eficiencia de los procesos con el fin de dar mejor servicio a nuestros clientes e impulsar nuestro crecimiento.
- La calidad como base del crecimiento.
- Tone from the top: Los directivos serán modelo de referencia en su comportamiento y nivel de cumplimiento del Código
- Imagen y reputación corporativa que los empleados deben considerar en el ejercicio de su actividad. La imagen y reputación corporativa es uno de los activos más valiosos para preservar la confianza de sus accionistas, clientes, empleados, proveedores, autoridades, y de la sociedad en general.
CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE Y DE LA NORMATIVA INTERNA
Los sujetos obligados por el Código asumen el compromiso de cumplir con la legislación vigente, los procedimientos internos de la compañía y los valores y principios establecidos en este documento. Además, se comprometen a reportar cualquier incumplimiento que detecten en su entorno. Los empleados deberán evitar conductas que puedan dañar la reputación de la empresa o afectar negativamente a sus intereses.
Es responsabilidad de todos los empleados conocer las leyes aplicables a su trabajo, solicitando orientación a sus superiores si fuera necesario. Ningún empleado deberá colaborar deliberadamente con terceros en la violación de leyes ni participar en acciones que comprometan el principio de legalidad.
La empresa proporcionará los recursos necesarios para garantizar que todos los integrantes estén al tanto de la normativa externa e interna relevante para el desempeño de sus funciones. En caso de identificar cualquier incumplimiento de la legalidad, los empleados deberán notificarlo a través de los canales de denuncia establecidos en este Código Ético.
CUMPLIMIENTO DE ESTÁNDARES, CONVENIOS Y ACUERDOS
La empresa se compromete a cumplir e integrar como normativa interna lo dispuesto en acuerdos y convenios, nacionales o internacionales que, por la actividad desarrollada por la empresa, le puedan vincular. Todos los empleados del grupo deben cumplir las leyes vigentes en los países donde desarrollan su actividad, atendiendo al espíritu y finalidad de las mismas, y observando en todas sus actuaciones un comportamiento ético.
RELACIONES INTERNAS: EMPLEADOS
Los empleados son el recurso más valioso de la empresa y serán tratados como tal. La compañía se compromete a fomentar el desarrollo personal y profesional de su equipo, promoviendo un ambiente laboral positivo. Todas las relaciones entre empleados estarán basadas en el respeto mutuo, y se deberá actuar con especial atención para prevenir y combatir cualquier forma de violencia, abuso o discriminación en el entorno laboral.
Los empleados deben interactuar en un entorno de trabajo seguro y agradable, tratándose con justicia y respeto, tanto hacia sus compañeros como hacia sus subordinados y superiores. Las promociones dentro de la empresa estarán basadas en los principios de mérito y capacidad, de acuerdo con los requisitos del puesto, garantizando igualdad de oportunidades y promoviendo una cultura organizacional centrada en el mérito. La empresa se asegurará del cumplimiento de la normativa laboral en materia de empleo. Por su parte, los empleados tienen la responsabilidad de contribuir al logro de estos objetivos, detectando, previniendo y denunciando cualquier irregularidad que observen.
Se prestará especial atención a integración laboral de las personas con discapacidad o minusvalía.
CONTRATACIÓN DE FAMILIARES
No se emplearán a parientes de otros empleados, directivos o integrantes de la empresa sin la justificación oportuna y la acreditación de la capacitación y requerimientos del puesto a cubrir. Se tomarán decisiones justas y se evitará todo tipo de favoritismo. En ningún caso se admitirá la contratación de parientes para ocupar puestos en los que el contratado vaya a depender efectivamente del pariente.
RELACIONES EXTERNAS: CLIENTES Y MERCADO
La empresa y todos sus integrantes se comprometen a cumplir estrictamente la normativa en materia de competencia, evitando cualquier práctica que la restrinja o limite. Asimismo, se asegurará de que toda información proporcionada en actividades promocionales sea veraz, prohibiendo expresamente el uso de datos falsos que puedan inducir a error a los clientes. La publicidad debe ser siempre transparente y leal, excluyendo cualquier forma de publicidad engañosa.
Se rechazará cualquier información de competidores obtenida de manera que vulnere la confidencialidad. Además, la empresa priorizará la seguridad de los medios de pago, la protección de los datos personales y la prevención del fraude.
Todo empleado que registre información en los sistemas informáticos de la empresa deberá garantizar que esta sea fiable, precisa y rigurosa.
RELACIONES EXTERNAS: PROVEEDORES
La ética y el respeto presidirán las relaciones con los proveedores, que serán seleccionados conforme a criterios objetivos y transparentes. En este caso, el respeto al código formará parte de un contrato de suministros o de prestación de servicios y su incumplimiento puede dar lugar a la posibilidad de renunciar al contrato. Para ello, el código puede darse como un anexo del contrato. Se respetarán de forma escrupulosa los procedimientos internos en materia de compras, justificándose las decisiones y conservándose la documentación relacionada para su posible fiscalización interna o externa. Se extremará la diligencia en la protección de la información confidencial de los proveedores.
Los proveedores deberán comprometerse a respetar los derechos humanos y laborales en sus propias empresas.
Se prohíbe expresamente aceptar, ofrecer, o solicitar, ya sea de forma directa o indirecta, regalos, favores o cualquier tipo de compensación que pueda influir en la toma de decisiones en relación a la cadena de proveedores. Se admitirá la recepción o el ofrecimiento de regalos de «escaso valor», cualquier duda sobre lo que se incluye en este concepto se consultará al órgano encargado del cumplimiento de este Código. En todo caso estarán prohibidos los obsequios en metálico.
Todo empleado que participe en procesos de selección de proveedores y colaboradores externos tiene la obligación de actuar con objetividad e imparcialidad, aplicando criterios transparentes y cumpliendo con la normativa interna en la materia.
RELACIONES CON INSTITUCIONES, AUTORIDADES, FUNCIONARIOS
La normativa internacional para la prevención de la corrupción y el soborno presidirán las relaciones de los integrantes de la empresa con las autoridades, instituciones y funcionarios públicos. Cualquier decisión tomada en este ámbito deberá respetar las normas internas y externas aplicables y quedará documentada al efecto de su posible control interno o externo. Bajo ningún concepto la empresa ofrecerá, solicitará o aceptará regalos, favores o compensaciones de autoridades, instituciones o funcionarios. Quedarán exceptuados de esta norma los obsequios o atenciones de escaso valor, proporcionados y razonables en atención a la práctica local. En todo caso estarán prohibidos los obsequios en metálico.
Se prohíben los pagos para agilizar cualquier tipo de tramitación. Se mantendrá un control minucioso y expresamente vigilante en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de cualquier tipo de subvención o ayuda.
CONFLICTOS DE INTERESES
Los empleados evitarán las situaciones que supongan un conflicto de sus intereses personales con los de la empresa. Los empleados, cualquiera que sea su rango o función, no podrán valerse de suposición en la compañía para obtener ventajas u oportunidades de negocio particulares ni prestar servicios a compañías competidoras.
Ante la duda sobre si una actividad a desarrollar puede comportar un conflicto de intereses se consultará con el órgano encargado del cumplimiento de este Código.
La empresa considera que la relación con sus empleados debe basarse en la lealtad que nace de unos intereses comunes. Se respetará la participación los empleados en otras actividades financieras o empresariales siempre que sean legales y no entren en colisión con sus responsabilidades como empleados de esta empresa.
Todo empleado debe revelar sus actividades externas, intereses financieros o relaciones que puedan presentar un posible conflicto de intereses o la apariencia de un conflicto. Asimismo deberán cumplir con la ley y políticas de esta empresa.
POLÍTICA DE REGALOS, COMISIONES O RETRIBUCIONES DE TERCEROS
Dar o recibir regalos e invitaciones a actividades lúdicas puede afectar la objetividad y el criterio, y además puede infringir reglamentos y leyes contra la corrupción y el soborno en casos extremos, por lo que todo integrante de la empresa será muy diligente en esta materia. Se prohíbe la solicitud y la aceptación de todo tipo de pago, regalos o comisiones en relación con la actividad profesional y que proceda de clientes, intermediarios, proveedores o terceros. Se excluyen de esa prohibición las invitaciones, objetos de propaganda, atenciones ocasiones o cortesías que no sean en metálico y que estén dentro de los límites razonables. Ante cualquier duda en este sentido se consultará al órgano encargado del cumplimiento de este Código.
USO DE BIENES Y SERVICIOS DE LA COMPAÑÍA
La eficiencia inspirará el uso de los bienes y servicios de la compañía. La empresa facilita a los empleados el acceso a correo electrónico, Internet, Intranet, teléfonos y otras formas de tecnologías de comunicación para que su desempeño sea más productivo y eficaz. Es responsabilidad de todos mantener la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de nuestra infraestructura de tecnología y comunicaciones. Es responsabilidad del empleado el uso de los recursos de la empresa de forma responsable, eficiente y apropiada en el entorno de su actividad profesional. Las infraestructuras tecnológicas se utilizarán sólo con fines profesionales, salvo situaciones excepcionales. No se admitirá la descarga o instalación de programas, aplicaciones o contenidos ilegales o para los que se carezca de la oportuna licencia. En todo caso se respetarán las leyes de propiedad intelectual.
Se deberá controlar y mantener en secreto toda la información relativa a nombres de usuario, contraseñas y dispositivos de autentificación de los sistemas informáticos y se deberá comunicar cualquier posible riesgo o incidente de seguridad en este sentido.
Los medios informáticos y servicios de la compan1a podrán ser objeto de revisión por parte de la empresa, respetando en todo caso la normativa vigente en la materia.
POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
La confidencialidad y la diligencia en el uso de los datos presidirán las actuaciones de los destinatarios de este Código. Este principio deberá ser respetado incluso cuando haya concluido la relación con la empresa. La información de la empresa no podrá ser utilizada en beneficio particular, ni comunicada a terceros, esta información se considerará confidencial y deberá ser utilizada para el exclusivo fin para el que fue obtenida. Entre la información confidencial destacan los secretos profesionales, las normativas de fijación de precios los planes operativos estratégicos o de negocios, nuevos productos, contratos, acuerdos, listados de empleados, clientes, proveedores, software o programas informáticos, información sobre RRHH, planes de personal, comunicaciones internas, listas de suscripción y, en general, datos afectados por la normativa de protección de datos. Se exige el respeto a la intimidad personal y familiar de las personas a cuyos datos se tenga acceso. Todo el personal deberá conocer y respetar los procedimientos internos de la empresa sobre almacenamiento, custodia y acceso a los datos.
Cualquier incidencia relacionada con la confidencialidad de los datos será comunicada al departamento correspondiente o al órgano encargado del cumplimiento de este Código.
DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
La empresa reconoce su compromiso con la protección de los derechos de autor, patentes y marcas, tanto propios como ajenos, y exige a sus proveedores el mismo compromiso.
Todos nos comprometemos a informar de cualquier irregularidad en este ámbito. Se prestará especial atención a la inclusión de notificaciones de derechos de autor en los materiales, información, productos, servicios y cualquier documento de la empresa destinado a la distribución pública. En su relación con terceros, los empleados seguirán escrupulosamente las normas y procedimientos en esta materia para evitar infringir los derechos de terceros, respetando los derechos de propiedad intelectual válidos de otros.
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SALUD EN EL TRABAJO
La empresa velará un entorno seguro de trabajo, cumpliendo la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral. La empresa formará a los empleados en materia de prevención de riesgos laborales, llevándose internamente un registro acreditativo de la formación impartida. Todo empleado se compromete a realizar cualquier actividad formativa que se programe para mejorar su capacitación a la hora de desempeñar las responsabilidades laborales de forma segura y a hacer un uso responsable de los materiales y equipos de la compañía. Es importante que cada empleado comprenda los peligros y las prácticas de seguridad que debe adoptar ante cualquier trabajo. La empresa exigirá que los contratistas y proveedores con los que colabora cumplen la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Todo empleado mantendrá una actitud de alerta en el lugar de trabajo e informará de cualquier inquietud sobre seguridad que tenga a su gerente, al departamento de RRHH o al órgano encargado del cumplimiento de este Código.
Queda terminantemente prohibida la tenencia, consumo, compra, venta, intento de venta, distribución o fabricación de drogas ilegales en el lugar de trabajo, así como el consumo de alcohol, drogas ilegales y uso indebido medicamentos recetados mientras se desempeñan actividades relacionadas con el trabajo. Queda también totalmente prohibida la ocultación de accidentes de trabajo o incidentes muy graves, falsificar registros de seguridad o ordenar incumplimientos de normas de seguridad.
Los empleados que contravengan esta normativa estarán sujetos a medidas disciplinarias.
El departamento de RRHH se asegurará de que los registros de la compañía contengan su información de contacto actualizada para casos de emergencia.
REGISTRO DE OPERACIONES Y DE INFORMACIÓN
Se mantendrá un registro apropiado de los registros financieros y contables. Es fundamental asegurarse de que los registros financieros y contables son completos, exactos y no engañosos en cuanto que esa información es la base de informes, tanto internos como externos, dirigidos a autoridades gubernamentales y reguladoras y otras entidades. Todos los libros, registros y cuentas, incluidas las planillas de horarios, registros de ventas, facturas, recibos e informes de gastos, deben ser completos, exactos y fiables. No se admite la falsificación de documento alguno ni cualquier tipo de distorsión de datos relacionados con una transacción en particular.
Las transacciones deben ser asentadas de manera oportuna y respaldadas por la documentación correspondiente.
No se contraerá ni abonará gasto alguno con fondos de la empresa si dicho gasto no está autorizado por la persona competente.
CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS
La empresa cumple con los requisitos legales y reglamentarios que hacen referencia a la conservación y eliminación de documentos y registros. Todo registro e información se tratará de forma que permita asegurar que:
- El archivado, almacenamiento y recuperación de la información registrada se realiza siempre de una manera organizada.
- El mantenimiento de los registros, en el formato que sea, satisface los requisitos legales, fiscales, reglamentarios y operativos.
- Los registros y sus copias de seguridad están protegidos.
- La documentación necesaria está disponible en caso de seguirse un procedimiento judicial.
- La eliminación de los documentos que ya carezcan de valor tanto en formato impreso como electrónico se lleva a cabo de manera adecuada y oportuna.
La empresa dispone de un plan de conservación de registros en el que se identifica por título cada una de las categorías de registros que mantiene. En los planes de conservación se indica, según cada categoría de registro la identificación de los registros que se deben conservar, cuando se inicia ese periodo de conservación y durante cuánto tiempo deben conservarse.
COMPROMISO MEDIOAMBIENTAL
La empresa se compromete a velar por el respeto al medio ambiente, a minimizar el impacto medioambiental en todas sus actividades y a difundir entre sus empleados la cultura del respeto al medio ambiente como principio de conducta en sus actuaciones.
La compañía se compromete a ofrecer a sus empleados un entorno laboral seguro y saludable y, todos nos comprometemos a realizar nuestras operaciones de forma que se asegure el cumplimiento de la normativa medioambiental, evitando todo efecto negativo en el medio ambiente.
Los empleados de la empresa deben conocer y asumir dicha política y actuar en todo momento de acuerdo con los criterios de respeto y sostenibilidad, y adoptar hábitos y conductas de buenas prácticas medioambientales y contribuir de manera positiva al logro de los objetivos establecidos. Los empleados deben también esforzarse en minimizar el impacto medioambiental derivado de sus actividades y de la utilización de instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición. En las relaciones con contratistas o empresas colaboradoras externas se transmitirán estos principios.
POLÍTICA DE CONCILIACIÓN
La empresa contrae con los empleados el compromiso de promover la mejora de su calidad de vida y la de sus familias, por ello se fomentarán las medidas dirigidas a conciliar los requerimientos del trabajo con las necesidades de su vida personal y familiar.
CANAL DE DENUNCIAS DE IRREGULARIDADES
Cualquier integrante de la empresa, así como proveedores e incluso terceros con relación laboral con la corporación, deberán denunciar, de buena fe y sin temor a represalias, toda irregularidad, incumplimiento o conducta poco ética realizada por un empleado o directivo de la entidad afectante al presente Código Ético o cualquier otra irregularidad detectada en la empresa.
Cualquier integrante de la empresa deberá denunciar toda irregularidad detectada o incumplimiento afectante al presente Código Ético o cualquier otra irregularidad detectada en la empresa.
Las vías de denuncia o de consultas, en su caso, podrán hacerse llegar a la siguiente dirección o en el banner que aparece en la página web oficial de la compañía (se incluirán los datos correspondientes) o vía correo electrónico a la siguiente dirección (se incluirán los datos correspondientes) o fax (se incluirán los datos correspondientes) o en el banner que aparece en la página web oficial de la compañía o en el banner que aparece en la página web oficial de la compañía (se incluirán los datos correspondientes).
En todo caso se garantizará el anonimato de las denuncias, y se protegerá al mismo de posibles consecuencias derivadas de su delegación.
Las denuncias con mala fe, a sabiendas de su falsedad o con el propósito de perjudicar a un compañero o superior serán objeto de sanción disciplinaria, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal por la posible comisión de un delito de injurias o calumnias, o la responsabilidad civil por la lesión al derecho al honor.
PUBLICIDAD, ACTUALIZACIÓN Y DISPONIBILIDAD DEL CÓDIGO
El Código entra en vigor el día de su publicación y se hará llegar a todos los integrantes de la empresa, y estará vigente en tanto no se apruebe su anulación. Será actualizado cada vez que el Comité Ético detecte la necesitad o así lo constate tras la alerta manifestada por cualquier empleado.
ANEXO N°2: CONFLICTOS DE INTERÉS
INTRODUCCIÓN
La Unidad de Cumplimiento Normativo, conformada por el área Legal y Directiva de ARTEMEDIOS, es la encargada del ejercicio de las facultades operativas necesarias para lograr la eficacia del mismo. Su función es impulsar las actualizaciones y la aprobación de las normas y reglamentos internos que sean precisas para el desarrollo y mejora del Código Ético, que es la base del Modelo de Cumplimiento Normativo. En consecuencia, el presente Protocolo ha de ser leído e interpretado conjuntamente con el Código Ético.
FINALIDAD
Los objetivos de este Protocolo son: i. Definir los criterios para determinar qué comportamientos y conductas pueden ser considerados conflictos de interés por parte de los directivos y colaboradores de ARTEMEDIOS en sus relaciones con la compañía, clientes, proveedores y otros grupos de interés. ii. Establecer los procedimientos de actuación que deberán seguirse para su prevención y detección. iii. Establecer un proceso que permita identificar y evaluar la relevancia de los conflictos de interés, decidir las medidas de mitigación y comunicar cualquier conflicto de interés relevante, real o potencial.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Protocolo es de aplicación directa a todas las sociedades, filiales o participadas mayoritariamente respecto de las que de forma directa o indirecta se ejerza un control efectivo por ARTEMEDIOS. En el resto de las entidades en las que la empresa participe sin tener el control efectivo, se promoverá la adopción de pautas de comportamiento y actuación alineadas con las de este Protocolo.
PRINCIPIOS GENERALES
El desarrollo y la aplicación de este Protocolo se realizará sobre la base de los siguientes principios: a. Honestidad, veracidad y transparencia de la información comunicada ante cualquier cuestión que pueda derivar en un conflicto de interés. b. Objetividad, profesionalidad e independencia de criterio en el desarrollo de aquellas conductas en las que puedan surgir conflictos de interés. c. Fidelidad con ARTEMEDIOS, evitando influencias por intereses particulares. d. Confidencialidad de la información privada a la que se tenga acceso por pertenecer a la empresa, sin que pueda ser comunicada a terceros sin autorización. e. Respeto de la normativa vigente y de los más altos estándares éticos, en línea con el Código Ético.
DEFINICIÓN DE CONFLICTO DE INTERÉS
Se entiende por conflicto de interés aquella situación en la que el beneficio personal de un directivo o empleado (conflicto de interés directo) o de una persona vinculada (conflicto de interés indirecto) se contrapone a los de ARTEMEDIOS. Esta vinculación puede darse por parentesco, relaciones afectivas o participación en sociedades, entre otras causas que puedan impedir una toma de decisiones objetiva. El conflicto de interés puede ser real o potencial.
Entre los ejemplos de conflictos de interés se encuentran: a. Realización de actividades similares a las de ARTEMEDIOS. b. Prestación de servicios a un competidor directo. c. Obtención de ventajas o contraprestaciones económicas no autorizadas, aprovechando la posición en la empresa.
IDENTIFICACIÓN Y DETECCIÓN DE LOS CONFLICTOS DE INTERÉS: PROCEDIMIENTO
CONDUCTAS NO PERMITIDAS
Las personas sujetas a este Protocolo no podrán actuar en nombre de la empresa en situaciones de conflicto de interés. En particular, deberán abstenerse de: a. Obtener ventajas o contraprestaciones económicas indebidas. b. Utilizar el nombre de ARTEMEDIOS para influir indebidamente en operaciones privadas. c. Aprovechar oportunidades de negocio en favor propio o de terceros.
DEBER DE COMUNICAR
Cualquier situación de conflicto de interés deberá ser comunicada a la Unidad de Cumplimiento Normativo de manera confidencial, incluso si se trata de un conflicto potencial o aparente.
RESOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS DE INTERÉS
Los conflictos serán resueltos por la Unidad de Cumplimiento Normativo, quien podrá declarar su existencia, establecer medidas preventivas o correctivas, o declarar el incumplimiento del Protocolo.
CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO. ACTUACIÓN ANTE INCUMPLIMIENTOS
La Administración de ARTEMEDIOS, con el apoyo de la Unidad de Cumplimiento Normativo, supervisará el cumplimiento del Protocolo, implementará revisiones periódicas y tomará las medidas necesarias ante posibles infracciones. Los incumplimientos estarán sujetos al régimen disciplinario de la empresa.
VIGENCIA
Este Protocolo fue aprobado en enero de 2025 y su entrada en vigor deroga cualquier normativa interna previa sobre la materia. Su difusión será adecuada a través de los canales de comunicación habituales de la empresa.
ANEXO N°3: PROTOCOLO DE COMPRAS CON FONDOS PROVENIENTES DE LICITACIONES
El presente protocolo establece las directrices para la correcta administración y ejecución de las compras financiadas con recursos adjudicados mediante procesos de licitación. Su objetivo es garantizar la transparencia, eficiencia y cumplimiento normativo en todas las adquisiciones realizadas por la empresa.
El presente documento detalla los principios y procedimientos que rigen la planificación, solicitud, evaluación, adjudicación y control de compras, asegurando una gestión responsable de los fondos y alineada con la normativa vigente
PRINCIPIOS RECOTRES
Todas las adquisiciones efectuadas con fondos provenientes de licitaciones deberán realizarse bajo los siguientes principios:
- Transparencia: Garantizar procesos claros y accesibles, con información disponible para su fiscalización.
- Eficiencia: Asegurar la correcta utilización de los recursos en beneficio de la empresa.
- Legalidad: Cumplir con la normativa vigente en materia de adquisiciones y licitaciones.
- Responsabilidad: Implementar mecanismos de control y supervisión para evitar el mal uso de los recursos.
- Competitividad: Fomentar la participación de múltiples proveedores, asegurando la mejor relación costo-beneficio.
PROCESO DE COMPRAS
Todas las compras se desarrollarán bajo un procedimiento estructurado que contempla las siguientes etapas:
- PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO: Cada año, la empresa elaborará un Plan de Compras basado en los fondos adjudicados a través de licitaciones. Este documento deberá ser aprobado por la Gerencia General y contemplar:
- Listado de bienes y servicios requeridos.
- Estimación de costos.
- Plazos de adquisición.
- Proveedores potenciales.
- SOLICITUD Y EVALUACIÓN DE COTIZACIONES: Cuando se requiera una compra específica, la Unidad de Adquisiciones solicitará cotizaciones a al menos tres proveedores calificados. Se evaluarán los siguientes criterios:
- Precio.
- Calidad del producto o servicio.
- Plazo de entrega.
- Condiciones de pago.
- Experiencia y referencias del proveedor.
- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN: La selección del proveedor será aprobada por la Gerencia General en función de la evaluación realizada. Se procederá con la formalización del contrato u orden de compra, asegurando el cumplimiento de las condiciones establecidas.
- RECEPCIÓN Y CONTROL DE BIENES Y SERVICIOS: Una vez recibida la adquisición, se verificará su conformidad con los términos del contrato. En caso de incumplimientos, se gestionarán devoluciones o rectificaciones con el proveedor.
- PAGO Y REGISTRO CONTABLE: Los pagos se realizarán conforme a los términos pactados y previa confirmación de la correcta recepción del bien o servicio. Todas las compras serán registradas en el sistema contable de la empresa para su control y auditoría.
VIGENCIA
Este Protocolo fue aprobado en enero de 2025 y su entrada en vigor deroga cualquier normativa interna previa sobre la materia. Su difusión será adecuada a través de los canales de comunicación habituales de la empresa.
ANEXO N°4: MANUAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LIBRE COMPETENCIA
INTRODUCCIÓN
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA tiene un compromiso permanente con el cumplimiento de las normativas de Libre Competencia, reflejado en su dirección y en las acciones preventivas implementadas para evitar conductas contrarias a la ley. Siguiendo los principios de competencia leal, la empresa y sus colaboradores deben actuar dentro del marco legal, evitando acuerdos colusorios, prácticas predatorias o cualquier otro acto que limite la libre competencia.
El respeto a la libre competencia asegura un mercado justo y equitativo, donde las empresas compiten en igualdad de condiciones, beneficiando así a los consumidores con mejores opciones y precios. HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA entiende que la libre competencia fomenta la innovación y la eficiencia en los servicios que ofrece.
Dado que ciertas situaciones pueden presentar complejidades en su análisis, este Manual ofrece una guía para empleados, directivos y ejecutivos, consolidando información clave sobre las leyes vigentes en Chile. No obstante, ante cualquier duda sobre su aplicación, se debe consultar con el área legal de la empresa.
El objetivo principal de este documento es brindar una mejor comprensión de la normativa de Libre Competencia a los empleados de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA , promoviendo su cumplimiento y permitiendo la identificación y denuncia de posibles infracciones. Para lograrlo, se incluye una descripción detallada de las prácticas prohibidas, ejemplos de situaciones que pueden constituir violaciones y procedimientos a seguir para reportar cualquier irregularidad observada.
Además, el manual contiene una sección dedicada a las responsabilidades de la empresa y de cada empleado para garantizar la libre competencia. Se enfatiza la importancia de la formación continua y la actualización de conocimientos en temas de competencia, a fin de mantener una conducta ética y legal en todas las operaciones de la empresa.
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA también establece un canal de comunicación confidencial para que los empleados puedan reportar, de manera anónima, cualquier indicio de prácticas anticompetitivas. Este canal busca proteger a los denunciantes y asegurar que sus inquietudes sean atendidas de forma oportuna y adecuada.
En resumen, este Manual para el Cumplimiento de la Libre Competencia es una herramienta esencial para fortalecer la integridad y la transparencia en las operaciones de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA , garantizando un entorno de trabajo que respeta y promueve la competencia justa y legal.
CONDUCTAS PROHIBIDAS Y SANCIONES
Las acciones que pueden afectar la competencia y que están sancionadas incluyen:
- Acuerdos colusorios: Pactos entre competidores para fijar precios, dividir mercados, limitar producción o afectar licitaciones.
- Abuso de posición dominante: Prácticas que excluyen competidores o explotan a consumidores.
- Restricciones verticales: Acuerdos entre distintos niveles de la cadena de producción que limitan la competencia.
- Conductas predatorias y competencia desleal: Acciones como ventas bajo costo o difamaciones que buscan eliminar competidores.
- Interlocking: Participación simultánea en directorios de empresas competidoras.
Las sanciones incluyen multas, inhabilitaciones, indemnizaciones y, en ciertos casos, penas de cárcel.
Responsabilidades y Prevención en HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA
La empresa adopta medidas estrictas para evitar conductas anticompetitivas. Está prohibido:
- Compartir información estratégica con competidores.
- Participar en acuerdos o conversaciones que busquen coordinar precios o condiciones de mercado.
- Intercambiar información en asociaciones gremiales que pueda ser interpretada como colusión.
Ante cualquier duda o situación sospechosa, los empleados deben comunicarse con el Oficial de Cumplimiento.
Programa de Cumplimiento y Canal de Denuncias
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA cuenta con un programa de cumplimiento que permite prevenir infracciones y acceder a beneficios en caso de investigaciones. Se dispone de un Canal de Denuncias confidencial para reportar cualquier posible irregularidad.
Formación Continua y Actualización
Para garantizar que todos los empleados estén debidamente informados sobre las normativas de libre competencia, HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA implementa programas de formación continua y actualización periódica. Estos programas incluyen:
- Seminarios y talleres sobre normativas de competencia.
- Capacitaciones internas impartidas por expertos en derecho de la competencia.
- Distribución de material educativo y guías de referencia actualizadas.
La participación en estas actividades formativas es obligatoria para todos los empleados y se considera parte integral de su desarrollo profesional dentro de la empresa.
Procedimientos para Reportar Infracciones
El manual detalla los procedimientos que deben seguirse para reportar cualquier sospecha de infracción a las normativas de libre competencia. Estos procedimientos incluyen:
- Identificación y descripción de la conducta sospechosa.
- Recopilación de evidencia y documentación relevante.
- Comunicación inmediata a través del Canal de Denuncias confidencial.
- Consulta con el área legal para evaluar la situación y determinar las acciones correspondientes.
Es fundamental que todos los empleados comprendan la importancia de seguir estos procedimientos para asegurar una respuesta rápida y eficaz ante cualquier irregularidad.
RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA Y LOS EMPLEADOS
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA subraya la importancia de la responsabilidad individual y colectiva en el cumplimiento de las normativas de libre competencia. Las responsabilidades incluyen:
- Respetar y adherirse a todas las leyes y reglamentaciones vigentes.
- Actuar con integridad y transparencia en todas las interacciones comerciales.
- Evitar cualquier conducta que pueda interpretarse como anticompetitiva.
- Participar activamente en las iniciativas de formación y actualización.
- Reportar de manera oportuna cualquier sospecha de infracción.
BENEFICIOS DE LA LIBRE COMPETENCIA
La libre competencia no solo beneficia a los consumidores, sino que también ofrece ventajas significativas para las empresas que operan de manera ética y legal. Entre los beneficios destacan:
- Mejora continua de la calidad de los productos y servicios ofrecidos.
- Fomento de la innovación y desarrollo de nuevas tecnologías.
- Mayor eficiencia en la gestión de recursos y reducción de costos.
- Construcción de una reputación sólida y confiable en el mercado.
- Acceso a nuevas oportunidades de negocio y expansión.
HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA se compromete a promover y defender estos principios, reconociendo que la libre competencia es esencial para el crecimiento y desarrollo sostenible de la empresa y del mercado en su conjunto.
Conclusión
Este Manual para el Cumplimiento de la Libre Competencia es una herramienta esencial para fortalecer la integridad y la transparencia en las operaciones de HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA , garantizando un entorno de trabajo que respeta y promueve la competencia justa y legal. La empresa insta a todos sus empleados a estudiar y aplicar rigurosamente las directrices contenidas en este documento, asegurando el cumplimiento de la normativa y evitando riesgos legales y reputacionales para la organización.
RECOMENDACIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMATIVA
Para garantizar el cumplimiento de la legislación de Libre Competencia, HUB DE ECONOMÍA CREATIVA SpA recomienda a sus empleados:
- Participar en capacitaciones internas sobre normativas de competencia.
- Reportar cualquier conducta sospechosa a través del Canal de Denuncias.
- Evitar cualquier interacción que pueda interpretarse como coordinación con competidores.
- Consultar siempre con el área legal ante dudas sobre posibles conflictos con la legislación vigente.
El compromiso de cada miembro de la empresa es fundamental para mantener una competencia justa y transparente en el mercado.
Este Manual debe ser estudiado y aplicado por todos los colaboradores de la empresa, asegurando el cumplimiento de la normativa y evitando riesgos legales y reputacionales para la organización.